NOTA: Post publicado originalmente el dia 11 de Septiembre del 2009.
Durante la vida de este blog voy a ir hablando de diversos temas...
Me parece que el tema es realmente importante y no deberíamos dejar de estar al tanto sobre los cambios y noticias que vayan surgiendo, ya que puede modificar muchas cosas con respecto a nuestra área y forma de trabajo.
Les comento porque YO no estoy a favor del proyecto… La principal razón es:
ARTICULO 2º.- Sólo podrán ejercer las profesiones a que se refiere el artículo anterior mediante su matrícula profesional a otorgarse por este Consejo
1. Personas que posean títulos de grado superior en carreras de Ciencias
Informáticas que expidan las Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas, reconocidas oficialmente, y siempre que requieran estudios completos de enseñanza media, previo a los de carácter universitario.
2. Personas que posean títulos de post grado en carreras de Ciencias
Informáticas expedidos por Universidades Argentinas, siempre que su
otorgamiento requiera título universitario previo en la especialidad.
3. Personas que posean títulos de ciencias informáticas expedidos por
Universidades o Instituciones Profesionales Extranjeras revalidados por una Universidad Argentina, como títulos de grado superior.
4. Personas no graduadas en los títulos detallados en los puntos 1, 2, 3, y que al momento de entrar en vigencia esta ley prueben fehacientemente haber ejercido diez (10) años como mínimo la profesión, y que en la actualidad ejerzan funciones, cargos, empleos o comisiones que puedan considerarse propias del ejercicio de la profesión y se inscriban en el registro especial que, a tal efecto, llevará el Consejo Profesional de Ciencias Informáticas, dentro de los 365 días, a contar desde su puesta en funcionamiento y debida publicidad.
5. Graduados universitarios con títulos intermedio específicos con duración no menor a tres años y Egresados terciarios con planes de estudio específicos de tres o más años de duración y con título oficial reconocido por el Ministerio de Educación
ARTICULO 3º. - El Consejo pondrá a disposición de las personas comprendidas en los incisos 4) y 5) del Art. 2°; un Registro de Idóneos a partir de la fecha de su puesta en funcionamiento, por el término de doce (12) meses.
1. Las personas interesadas en inscribirse en dicho Registro deberán avalar ante el Consejo Profesional mediante certificado de trabajo, currícula y eventual prueba de idoneidad, una experiencia funcional no inferior a diez (10) años en la aplicación de los conocimientos que se consideren como propios de la profesión, de acuerdo al Art. 10, Incisos 1), 2) y 3) como mínimo, más una experiencia funcional anterior no inferior a cinco (5) años en tareas afines. Los plazos estipulados en el presente inciso serán determinados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.
2. El Consejo analizará cada caso y dictaminará mediante Resolución, si corresponde o no otorgar la matrícula.
3. La resolución del Consejo podrá recurrirse por ante los tribunales contencioso administrativos, de la Ciudad autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 4º.- El ejercicio profesional sólo podrá realizarse por quienes se encuentren matriculados conforme a las normas de la presente ley.
Fuente: Proyecto de Ley "EJERCICIO PROFESIONAL EN LAS CIENCIAS INFORMÁTICAS" – Agosto 2009 --
http://www.cpci.org.ar/muestraformulario/proyecto2.htm
Por lo tanto, si firmo y se aprueba esa ley, tendría que buscarme otra profesión hasta que termino con mi carrera profesional, lo cual perdería años de experiencia… y tendría que ponerme de cadete de moto, diarero o cualquier otra profesión que no este “matriculada” o “colegiada”.
Tengo mas argumentos, pero este es el principal. Estoy de acuerdo con algunas cosas, pero no con todas… creo que habría que cambiar algunas cuantas cosas en el proyecto de ley antes de su aportación.
Este post es para que sepan que se esta firmando… si se tiene 10 años de experiencia bárbaro, pero piensen en sus amigos, hijos, conocidos que tendrían que empezar a laburar de otra cosa y tener en cuenta que la mayoría de los “genios de la informática” no son ingenieros en informática, sistemas o nada referido a la computación, sino que son idóneos o son profesionales en otros campos… (como la física, la matemática, etc…) El mismo Bill Gates o Steven Jobs (les comento de ellos porque son muy conocidos…) no podrían haber llegado a donde estan si hubiera existido en su momento la matriculación.
La mejor forma de “salvarse” no es matricularse… es actualizarse, informarse y estar a tiro en esta profesión que es tan cambiante día a día.
Saludos!
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